La definición legal de la relación puerto-ciudad, y la responsabilidad de cada uno de los actores principales es uno de los principales aspectos de la gobernanza en ciudades portuarias. Desde AIVP hemos acompañado el nacimiento en los últimos años de un debate sobre este tema. Han ido surgiendo iniciativas y discusiones en países como España o Chile. El último avance ha tenido lugar en México, donde en el mes de Abril de este año, el senado aprobó por unanimidad una reforma de la ley nacional de puertos, aumentando la implicación de las autoridades portuarias en el desarrollo urbano local, que tendrán que dar el 30% de los excedentes de sus ingresos anuales. Teniendo en cuenta la importancia de esta iniciativa, AIVP decidió dar la palabra a la senadora Gabriela Benavides (PVEM), la principal promotora de la nueva ley, para entender mejor el contexto, funcionamiento y repercusiones de la misma.
Mucho se habla de la importancia de la relación puerto-ciudad, pero tristemente esta ni siquiera se encuentra consagrada en la Ley de Puertos (Ley) o en el Reglamento de la Ley de Puertos (Reglamento).
Cuando tuve la oportunidad de ser Presidenta del Ayuntamiento de Manzanillo, en la administración 2015-2018, formé parte del Consejo de la Administración Portuaria Integral (API) de Manzanillo.
Las ciudades como Manzanillo, que tienen que coexistir con la actividad portuaria, se ven beneficiadas en cuanto a la generación de empleo y economía para la región pero a la par se ven severamente afectadas con dicha relación en cuanto a: I) la logística de tránsito y movilidad, II) el deterioro de la infraestructura urbana y de los servicios públicos, III) el menoscabo a los recursos naturales y turísticos de la región, entre otros.
Sin embargo, conforme la Ley y el Reglamento, las API´s se encuentran imposibilitadas para llevar a cabo acciones y/u obras que puedan minorizar o resarcir el daño que provocan a las ciudades en las que residen (cuando dichas acciones u obras se encuentran fuera del recinto portuario).
Esto es preocupante, porque en la realidad podemos observar puertos que compiten a nivel internacional entre los mejores de la región y el mundo en general, pero al mismo tiempo vemos que las ciudades en las que estos se encuentran instalados padecen los estragos de su gloria.
Y es que, todo el dinero que los puertos generan se concentra en la federación y poco, e incluso en ocasiones nada, regresa a la ciudad de origen; es decir, que estas últimas deben lidiar con las consecuencias y los daños de la actividad portuaria pero no reciben beneficios directos de ellas.
Esto sin duda alguna se traduce en una menor calidad de vida para los ciudadanos que habitamos en estos lugares y que somos los principales afectados de la falta de justicia social al no existir una relación puerto-ciudad clara y contundente en nuestro sistema jurídico-económico.
En México[1] tenemos 117 puertos y terminales habilitados, pero solo 16 de ellos cuentan con las condiciones y requerimientos necesarios para poseer una API federal (Altamira, Coatzacoalcos, Dos Bocas, Ensenada, Guaymas, Lázaro Cárdenas, Manzanillo, Mazatlán, Progreso, Puerto Madero, Puerto Vallarta, Salina Cruz, Tampico, Topolobampo, Tuxpan y Veracruz).
Estoy convencida de resulta necesario que se legisle en materia del reconocimiento de la relación puerto-ciudad, de que se logre la justicia social que tanto hemos solicitado los habitantes de las ciudades en las que se establecen los puertos.
En razón de ello, el 4 de octubre del 2018, presenté con el aval de mi grupo parlamentario (Partido Verde Ecologista de México) y la Senadora por MORENA Griselda Valencia de la Mora, la iniciativa con proyecto de decreto para reformar los artículos 3, 8, 23 Bis, 33, 37, 40, 41, 42 y 64 de la Ley de Puertos en materia de la relación puerto-ciudad.[2]
La reforma tiene 4 ejes principales:
El primero, consagrar la relación puerto-ciudad como concepto en la Ley y reconocer expresamente que dicha relación debe ser una prioridad para las autoridades federales, así como para las API´s.
Segundo, que la Secretaría de Bienestar y la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT) deben procurar en todo momento un desarrollo armónico entre los puertos y las ciudades, supervisando que la inversión en obras de infraestructura sirva para generar un beneficio directo a la comunidad, cuidando el entorno urbano, las vías de acceso y el medio ambiente.
Tercero, el establecimiento de lineamientos de coordinación y cooperación interinstitucional e intergubernamental, con el objeto de que la organización portuaria se vincule estrechamente con el desarrollo armónico entre el puerto y la ciudad.
Y cuarto, que el 30% de los excedentes que generan las API´s puedan entregarse directamente a los gobiernos de los estados en los que estas residen para que puedan ser utilizados en infraestructura urbana, servicios públicos y/o acciones para mitigar o resarcir el daño ambiental provocado por la actividad portuaria.
Este último es sin duda alguna el avance más significativo y que dará resultados a corto y mediano plazo; porque podemos consagrar en la Ley y el Reglamento todos los conceptos necesarios que contemplen la relación puerto-ciudad, pero mientras no existan acciones específicas y claras de cooperación entre ambos, tal vez no veríamos resultados tangibles.
¿A qué nos referimos con excedentes?; Pues bien, los ingresos que tienen las API´s anualmente se calculan en la Ley de Ingresos y estos automáticamente se contemplan en el Presupuesto de Egresos.
Pero, debido al crecimiento constante, algunas API´s al año ingresan una cantidad mayor a la que se les había contemplado en la Ley de Ingresos, a esta diferencia se le considera “excedentes”.
Es de dichos excedentes de los que se propone se destine el 30% del total a las ciudades portuarias que se vean afectadas por la actividad del puerto, cabe resaltar que dichos ingresos no fueron presupuestados en el gasto anual del gobierno federal, así que no se estaría afectando ningún programa social, política pública o partida presupuestal contemplada en el Presupuesto de Egresos de la Federación del año correspondiente.
La iniciativa en cuestión ya fue valorada positivamente el día 6 de diciembre del año 2018 por las Comisiones Unidas de Marina y Estudios Legislativos, Segunda del Senado de la República a las que les fue turnada.[3]
Así mismo el día 04 de abril del presente año fue aprobada en el Pleno de la cámara alta con un total de 103 votos a favor y fue turnada a la Cámara de Diputados para que siguiera el proceso legislativo correspondiente.
Actualmente se encuentra turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transporte de la Cámara de Diputados, esperamos que pueda ser valorada de manera positiva en el dictamen correspondiente y que nuestros Diputados Federales la puedan acompañar para que se vuelva una realidad.
Nos va a faltar mucho camino por recorrer, pero sin duda alguna este será el primer gran paso para para que la relación puerto-ciudad se vuelva la realidad tan anhelada.
[1] Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Sistema Nacional de Puertos. Consultado en línea (mayo 2019). Página Web http://www.sct.gob.mx/puertos-y-marina/puertos-de-mexico/
[2] La iniciativa con proyecto de decreto puede se consultada en la página institucional del Senado de la República en el siguiente link http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/84016
[3] El dictamen de las Comisiones Unidas de Marina y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República, referente a la Iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley de Puertos puede ser consultado en la página institucional del Senado de la República en el siguiente link http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/91735